Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras

Este régimen fiscal está dirigido a aquellas personas físicas o morales que se dedican a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras. Los contribuyentes de este régimen tienen algunos beneficios fiscales, como la exención del ISR en sus primeros 40 salarios mínimos diarios, y pueden aplicar deducciones especiales sobre sus ingresos.

Palabras clave: Régimen agrícola, ISR actividades ganaderas, beneficios fiscales agrarios